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Los falsos autónomos, averigua si lo eres.

los falsos autónomos

Los falsos autónomos, como si de una moda se tratara, han surgido como un tipo de contratación fuera de las fronteras de lo que claramente está establecido como trabajo por cuenta propia y cuenta ajena. Los falsos autónomos utilizan, por tanto, un marco normativo que no se corresponde.

Acabar con el problema de los falsos autónomos se ha convertido en una de las prioridades del actual Ministerio de Trabajo, encabezado por Yolanda Díaz.

Dependencia, ajenidad y retribución.

Los falsos autónomos son aquellos profesionales que no cuentan con autonomía en el ejercicio de su actividad. Reciben instrucciones de los directivos de la empresa para la que trabajan, por lo que actúan como un empleado más.

Es decir, trabajan como un asalariado pero tributan como un autónomo. Esto a ojos de la Seguridad Social y del Ministerio de Trabajo es una práctica fraudulenta por parte de la empresa.

Esta figura se encuentra oculta en altas en el Régimen especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Trabajan como autónomos, aunque en realidad deberían figurar como trabajadores por cuenta ajena. Prestan su servicio en términos de total dependencia, ajenidad y retribución.

Sanciones a las que se exponen las empresas

Las empresas que cuenten con falsos autónomos se arriesgan a ser sancionadas y se persigue  desde la Inspección de Trabajo ante cualquier sospecha.

Las sanciones, en función de la gravedad, pueden variar desde 3.126 euros hasta los 10.000 euros, en los casos más graves.

Además de la multa, la Inspección puede exigir el pago de las cuotas a la Seguridad Social por el periodo de tiempo que se ha estado prestando el servicio como autónomo.

Como sé si soy un falso autónomo

Si te asalta la duda de si estás o no en una situación de falso autónomo, lo primero que debes hacer es consultar el Estatuto de los Trabajadores donde se define lo que es un trabajador asalariado y lo que es un profesional por cuenta propia.

A continuación analiza si te encuentras en alguna de las siguientes situaciones que te indicarán si estás o no en la situación de falso autónomo:

  • Si la remuneración que percibes viene estipulada por la empresa y en ningún momento ha existido una negociación ni un presupuesto emitido por ti.
  • Si recibes instrucciones y directrices por parte de la empresa para el desarrollo de tu actividad
  • Las herramientas y medios que utilizas te los ha proporcionado  la empresa para poder desarrollar tus servicios.
  • Tus servicios hacia la empresa son el mayor grueso de tus ingresos mensuales, lo que te deja en una situación de total dependencia.
los falsos autónomos

Mecanismos para denunciar la situación del falso autónomo

  1. Denuncia anónima en el buzón de lucha contra el fraude laboral del fraude: En este formulario no se identifica el demandante pero sí al demandado. Si las autoridades consideran que hay suficientes indicios, realizarán una Inspección de Trabajo.
  2. Denuncia formal ante la Inspección de Trabajo: Mediante este procedimiento el inspector determina si la relación mercantil que es establece es nula a favor del falso autónomo. 
  3. Denuncia ante los Juzgados de lo Social: En este caso, será el juez quien reconozca la situación como falso autónomo y exija a la empresa la correspondiente indemnización y contratación. 
  4. Denuncia ante los Juzgados de lo Socialtras un despido: Este mecanismo es útil cuando la empresa ha rescindido de los servicios y se pretende el reconocimiento de la relación laboral para que se compensen como si fuera un despido de un empleado.

El falso autónomo se trata, en definitiva, de una figura ilegal que desvirtúa completamente la esencia del trabajo por cuenta propia. Su uso se ha extendido entre las empresas de la llamada “economía colaborativa” que fraudulentamente se favorecen por el ahorro de costes sociales que el falso autónomo le supone al empresario.

2 comentarios en «Los falsos autónomos, averigua si lo eres.»

  1. Según la noticia llevo 19 años como falso autónomo, que puedo hacer? Debería denunciarlo? Y si lo hago para que me sirve? Podría tener replesalias? Gracias un saludo

    1. En el plano personal te diría que tu caso en particular lo consultes con un abogado y sopesa si te merece la pena, pero esta práctica está muy perseguida por la inspección de trabajo por el fraude que supone tanto a la administración como al trabajador

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